COLABORACIONES
Ad Maiorem Dei Gloriam
Con la divisa de la Compañía de Jesús comenzamos este artículo en el que analizaremos el culto en nuestras hermandades, desde el culto stricto sensu y su evolución histórica, pasando por su fundamento jurídico canónico.
Efectivamente, a mayor gloria de Dios. Ésta es una de las razones por las que los cristianos rendimos culto a Dios: Porque lo amamos y queremos glorificarlo. La Real Academia de la Lengua Española define el culto en su acepción quinta como el homenaje externo de respeto y amor que el cristiano tributa a Dios, a la Virgen, a los ángeles, a los santos y a los beatos. Estos homenajes externos son, en parte, a los que se refiere santo Tomás de Aquino en su Summa Theologiae: La mente humana necesita, para unirse a Dios, ser conducida como por la mano por medio de las cosas sensibles1. Estas cosas o signos sensibles, son los que vemos en la Liturgia y son, por ejemplo, el lavatorio de manos del sacerdote en la Misa o la estola; gestos y cosas secundarias que nos llevan por su significado y trascendencia a los actos interiores del culto2 y nos ayudan a elevar nuestro espíritu hacia Dios aunque nosotros no nos demos cuenta muchas veces.
1 | Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica (selección), c. 81, a. 7. Ed. Espasa-Calpe. Año 1973. Pág. 135. 2 | Ibídem 2.
En nuestra sociedad, caracterizada por relegar a Dios, a Cristo, a su Mensaje y a los católicos bajo la barata excusa el concepto (mal empleado y entendido) de la aconfesionalidad del Estado, podría entenderse el culto como algo vetusto, obsoleto y sin sentido. Kant decía que el culto es una expresión de 'manía religiosa' y de 'falsa fe'. Feuerbach, por su parte, defiende que el culto se ejerza de manera horizontal, es decir, de hombres a hombres, para que el ser humano no se debilite consagrándose a esa figura de fantasía que es Dios: La mera personificación de losdeseos y anhelos terrenales. Por último, para Marx, el culto debe ofrecerse a la sociedad liberada de la propiedad privada y del Estado, que es la verdadera emancipadora del género humano, para él, Dios es una simple invención del hombre. Pero realmente, el culto es todo lo contrario. En estas visiones sólo se mira a la persona desde unas perspectivas política y económica; pero nosotros somos más que dinero, negocios e ideas enfrentadas. El culto es un proceso por el que el hombre se realiza a sí mismo a través de la divinidad. El culto es un acercamiento de Dios hacia nosotros, ofreciéndonos su gracia, para que nosotros podamos alcanzarlo3.
3 | Karl Rhaner, Sacramentum Mundi. Enciclopedia teológica. Tomo II. Col. 92 y 93. [Foto 1] Buen Pastor, Catacumba de Priscila. Fresco, S. III. Roma, Italia.
El culto supone una acción humana en este mundo pero no 'de este mundo'. A través de las oraciones, himnos y sacrificios entramos en contacto con Cristo, nos encontramos con Él, y este encuentro nos conforta y nos ayuda a conseguir la salvación. La característica esencial del culto cristiano es ser asamblea en nombre de Cristo, ya lo decía Jesús: "Donde están dos o tres congregados en mi nombre, allí estoy yo en medio de ellos" (Mt 18,20).
No obstante lo anterior, debemos tener como punto de partida la comunidad cultual de Israel. En los escritos veterotestamentarios aparece el culto marcado por la prohibición de imágenes, la introducción en la Tienda Santa, el Arca de la Alianza y los sacrificios. Pero será por Cristo por quien se abole la antigua alianza y deja de ser el culto una expiación de los pecados. Tras la muerte de Cristo en la cruz y su derramamiento de sangre, se forja la Nueva Alianza y nuestra redención brota de sus llagas. Se ve claramente en Mt. 27, 514, Dios destruye lo antiguo y crea algo nuevo, basado en Él y en nosotros. Esto significa que no puede haber salvación fuera de Jesús, pues no sólo habló de salvación, sino que Él mismo es la salvación5. Cuando el nuevo pueblo de Dios se congrega para celebrar la memoria de la Pasión, Muerte y Resurrección de su Hijo (la Santa Misa), repristina lo acontecido para la salvación de nuestras almas6.
| 4 | En esto, el velo del Santuario se rasgó en dos, de arriba abajo; tembló la tierra y las rocas se hendieron. | 5 | Johannes Feiner y Magnus Löher (dirección), Mysterium salutis. Manual de teología como historia de la salvación. Vol. IV, Tomo II. Ed. Cristiandad, año 1975. Págs. 35 y 36. | 6 | La Liturgia integra dos facetas que se complementan: la anémesis (memorial de lo ocurrido) y la mímesis (la imitación de lo acontecido), imitando así lo que la palabra recuerda. [Foto 2] Altar de plata portátil de la S. I. C. de Sevilla, elaborado por Juan Laureano de Pina a fi nales del S. XVII.
El culto sólo tiene eficacia salvífica en el individuo. Pero esta eficacia salvífica requiere del amor a Dios y al prójimo, ya lo decía santo Tomás de Aquino, que diferencia dos tipos de actos en la religión: unos, los propios e inmediatos,(...) por los que el hombre se ordena exclusivamente a Dios y otros, los que realiza por medio de las virtudes sobre las que impera7. Éstas virtudes son aquellas que se expresan a través de las obras de misericordia: El amor al prójimo también se configura como una forma y parte del culto. Además, san Agustín declara que el sacrificio sobre el altar de piedra carece de sentido si no va acompañado del sacrificio sobre el altar del corazón.
| 7 | Santo Tomás de Aquino, Summa Theologiae, Secunda Secundae, c. 81, a. 1. Ed. B. A. C., tercera edición. Año 1963. Pág. 495.
Pero, ¿por qué tenemos la necesidad de dar culto a Dios? Dios no necesita nuestro culto, Dios por sí mismo ya está lleno de gloria, sino que lo damos por la necesidad de perfeccionar nuestro espíritu, perfección que se consigue sometiéndonos a Él8. Este sometimiento nos lleva a la clasificación de los tipos de culto. Existen varias distinciones, de las que vamos a contemplar las más relevantes.
En primer lugar vamos a distinguir entre latría, hiperdulía y dulía. La latría es la adoración a la Stma. Trinidad conjuntamente o en sus diferentes Personas. Es el culto reservado exclusivamente a Dios, debido a que por ser Él quien hizo todas las cosas y por tener el principado supremo sobre todo lo creado (...) se le debe especial servidumbre9. Y es que latría significa 'servidumbre', y por tanto, requiere de un señorío y de un siervo; nosotros sus siervos nos sometemos a nuestro Kyrios, a uestro Señor, para alcanzar la plenitud y perfección de espíritu y la salvación10.
8 | Ibídem 2. | 9 | Ibídem 7. | 10 | San Agustín de Hipona en su De Civitate Dei contra paganos señala que los griegos llamaban a esta forma especial de culto "eusebia" o "theosebia".
[Foto 3] Monumento al Stmo. Sacramento para el Jueves Santo. [Foto 4] Cultos de la hermandad de Pasión. Observamos los elementos descritos anteriormente: Las imágenes en la parte inferior, el Stmo. enmarcado con un sol con rayos rectos y flamígeros, la corona y el dosel. Iglesia Colegial del Salvador. [Foto 5] Cultos de la Hermandad de la Quinta Angustia. Observamos el ostensorio por debajo de la imagen y también es destacable la ornamentación de las credencias. Iglesia de la Magdalena. [Foto 6] Cultos a Ntra. Sra. del Mayor Dolor y Traspaso, titular de la Hermandad del Gran Poder. Observamos como el anifestador-templete está cerrado con una cortina, esto es un método para exponer y reservar el Santísimo. Iglesia de S. Lorenzo.
La hiperdulía es el culto a la Virgen María y supone la dulía llevada al máximo extremo, sin llegar a la adoración. La dulía es la veneración de los Santos. Destacamos el culto al patriarca san José, que por ser el primer santo se le venera con la protodulía.
En segundo lugar, distinguiremos entre el culto absoluto y el culto relativo. El absoluto es el que rendimos a Dios, Cristo, la Virgen, los ángeles, los Santos y los beatos "directamente". En cambio, el relativo es el que rendimos a los anteriores por medio de reliquias, santuarios, lugares e imágenes, que posteriormente analizaremos con más detalle, especialmente en relación con nuestras Hermandades.
En tercer y último lugar, llegamos a una diferencia cuanto menos compleja y polémica, la de culto privado y culto público. El culto privado es aquel que no es oficial, que no está reglado, el que cada uno realiza en el fondo de su corazón y se corresponde fundamentalmente con la piedad popular. Ejemplo de culto privado pueden ser el rezo del Santo Rosario o la meditación del Via+Crucis. La Iglesia, con algunos momentos de desconfianza, ha destacado y alabado la importancia y lo beneficioso de la piedad popular. Prueba de ello es que el Concilio Vaticano II en la Constitución Sacrosanctum Concilium, en su punto 13 recomienda encarecidamente los ejercicios piadosos del pueblo cristiano; Benedicto XVI la definió como un "precioso tesoro de la Iglesia Católica"11 y el Papa Francisco, en su Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium, pide alentarla y fortalecerla12 para aprovechar la capacidad misionera de la misma13.
| 11 | Santo Padre Benedicto XVI, Discurso en la Sesión inaugural de la V Conferencia general del Episcopado Latinoamericano y del Caribe (13 de mayo de 2007), 1: AAS 99 (2007), 446-447. Santo Padre Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium. Ed. Verbo Divino. Año 2013. Punto 126, pág. 102. | 12 | Santo Padre Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium. Ed. Verbo Divino. Año 2013. Punto 124, pág. 101.| 13 | Debemos tener en cuenta que un triduo (o cultos variantes en días) no son tres misas como comúnmente se cree. Un triduo son oraciones de piedad, que cualquiera puede hacer, que se rezan durante tres días. Trataremos este tema con más detenimiento más adelante.
El culto público es el culto oficial de la Iglesia, el que está regulado y se hace en nombre de la Iglesia. Es el culto típico: Los Sacramentos, la Liturgia de las Horas y los actos Sacramentales. La diferencia, a priori, parece clara y sencilla. Pero la discusión viene cuando se trata de nuestras Hermandades, ya que conforme al culto que rindan (público o privado) se determinará su personalidad jurídica. Como comprenderán, no es una discusión baladí, porque una personalidad jurídica pública o privada conlleva la sujeción a uno u otro régimen con sus distintas ventajas e inconvenientes. Las Normas Diocesanas establecen en el parágrafo 2 del artículo 1 que por ser la promoción del culto público el fin primario de cualquier hermandad y cofradía, ésta será siempre, por su propia naturaleza, una asociación pública de fieles. Lo dice bien claro, empero, los cultos principales de una Hermandad son sin duda su Estación de Penitencia y los triduos, quinarios, septenarios o novenas14 que ofrezcan a sus Titulares, salidas procesionales rezando el Rosario o los besamanos. Son claramente cultos privados en su esencia. Pero también es cierto que aparecen regulados en el derecho particular de cada Hermandad.
| 14 | Punto nº 22.3 de la Constitución Sacrosanctum Concilium sobre la Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II: Por lo mismo, nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia. [Foto 7] Cultos de la sevillana hermandad del Gran Poder. Vemos el mismo elemento de las cortinas, esta vez en la corona. El Santísimo permanecía tras ellas y se exponía y reservaba con el juego de las mismas. Iglesia de S. Lorenzo,.
No obstante, realmente es una regulación meramente formal, para la organización de la entidad y para dar seguridad jurídica; a diferencia de la Santa Misa (un ejemplo de culto público), que tiene una regulación exhaustiva de cómo y qué debe hacerse y en absoluto dispositiva15, la única regulación concerniente a una Estación de Penitencia es cuándo y a dónde ha de hacerse16. Su desarrollo corresponde principalmente a la costumbre y su orden busca siempre un sentido lógico.
15 | Santo Padre Benedicto XVI, Discurso en la Sesión inaugural de la V Conferencia general del Episcopado Latinoamericano y del Caribe (13 de mayo de 2007), 1: AAS 99 (2007), 446-447. | 16 | Santo Padre Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium. Ed. Verbo Divino. Año 2013. Punto 126, pág. 102.
Las Hermandades, como entidades cristianas que son, se desenvuelven en una sociedad mucho más amplia y extensa cual es la Iglesia Católica, ordenada como sociedad en este mundo y gobernada por el sucesor de Pedro y por los Obispos en Comunión con él (c. 204, § 2 del Codex Iuris Canonici, en adelante CIC)17 y por tanto, son objeto de regulación.
Para comprender el culto y su importancia en las Hermandades, primero tenemos que atender al derecho de asociación y otorgamiento de la personalidad jurídica18 en el Derecho universal de la Iglesia Católica. El canon 114, parágrafo 1 CIC lo reconoce siempre que se ordene a un fin congruente con la misión de la Iglesia, pero el parágrafo 2 va más allá y concreta estos fines como obras de piedad, apostolado o caridad, tanto espiritual como temporal. Debido a que todos los fieles tenemos el derecho y la obligación de trabajar para que el mensaje divino llegue a todos los hombres19, así como esforzarnos por incrementar la Iglesia y promover su santificación20, el CIC reconoce a las asociaciones (donde se incluyen nuestras hermandades) que buscan fomentar una vida más perfecta, promover el culto público, (...), el ejercicio de obras de piedad o de caridad y la animación con espíritu cristiano del orden temporal (c. 298, § 1 CIC).
| 17 | Santo Padre Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium. Ed. Verbo Divino. Año 2013. Punto 124, pág. 101. | 18 | Debemos tener en cuenta que un triduo (o cultos variantes en días) no son tres misas como comúnmente se cree. Un triduo son oraciones de piedad, que cualquiera puede hacer, que se rezan durante tres días. Trataremos este tema con más detenimiento más adelante. | 19 | Punto nº 22.3 de la Constitución Sacrosanctum Concilium sobre la Sagrada Liturgia del Concilio Vaticano II: Por lo mismo, nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia. | 20 | Salvo el hábito, normas de comportamiento y algunos otros aspectos preceptivos aparecen también en el derecho particular reglamentario de la hermandad. [Foto 8 y 9] Besamanos a Ntra. Sra. de la Esperanza Macarena en el templo de la Anunciación. En ambas instantáneas apreciamos cómo se recrean verdaderos salones de trono reales.
En cuanto a nuestro Derecho particular, en las Normas Diocesanas para las HH. y CC. de la Archidiócesis de Sevilla (en adelante ND) el culto aparece en el primer artículo como fin primario de cualquier Hermandad y Cofradía, siendo esto refrendado por el Art.7 ND. También es muestra de la importancia del culto en nuestras hermandades la exigencia de la correcta concepción del mismo como requisito para determinar la idoneidad de la asociación de fieles (Art. 12, 1º ND) y, como es lógico, la aprobación del culto por el Director Espiritual de la hermandad (Art. 38, 2º ND). Finalmente encontramos el Art. 56 ND, que versa sobre lo preceptivo de los cultos de regla y sobre diversos actos cultuales externos.
En nuestras Reglas, podemos apreciar el papel sustancial que el culto tiene en las hermandades. Atendiendo a la regla 5ª, se establece como el primero de sus fines el culto, declarando que es fin especial y específico de esta Real Hermandad, promover el culto público. Para ello, dedica todo el Título III a establecer cuáles serán estos cultos y cómo se han de celebrar, dejando claro en la primera regla del Título que éstos serán "solemnes"21.
21 | Alberto Ribelot, Las cofradías y su mundo jurídico. Ed. El Giraldillo. Año 2008. Pág. 7.
Como conclusión de todo esto, podemos determinar claramente que el fin último y principal de una Hermandad no es otro que la salvación de las almas (salus animarum) conseguida esencialmente por el culto y por la caridad.
Para adentrarnos en la parte final de este artículo, tenemos en consideración el c. 1.188 CIC que establece claramente la exposición a la veneración de los fieles las imágenes sagradas. El Catecismo de la Iglesia, en el punto 2.132, aclara que esta veneración no se dirige a ellas como realidades en sí mismas, es decir, como objeto final de la veneración, sino que el culto con el que se veneran no sede tiene en ellas, sino que tiende a la realidad de la que ellas son imágenes22. Si no tenemos presente esto hasta el fin de los días, caeremos en la idolatría: El que venera a una imagen venera al que está representado23.
| 22 | Ésta viene dada por los legitimados por el c. 312 CIC. | 23 | C. 211 CIC.
Las imágenes en la Iglesia han estado presentes desde el cristianismo primitivo, aunque posteriormente concurran movimientos iconoclastas, que a diferencia de nuestra concepción actual buscaban un sentido simbólico y alegórico, lo apreciamos en el Buen Pastor de la Catacumba de Priscila (1). Se sabe por las actas del Concilio de Elvira (primer cuarto del S. IV) que el cristianismo postprimitivo era adverso al culto a las imágenes, pero fue a partir de Constantino el Grande cuando se va introduciendo el culto a las imágenes debido a la influencia pagana y así combatir la decadencia del cristianismo que amenazaba. Sin embargo, la primera declaración relevante a favor del culto a las imágenes en el cristianismo tiene lugar en el Concilio de Nicea II, en su Sesión VII (787), que lo sanciona. Otro momento importante, determinante más bien, a destacar en la historia de la Iglesia, en el culto a las imágenes y en la trayectoria de nuestras Hermandades es el Concilio de Trento (1545 - 1563). El Sacrosanto, Ecuménico y General Concilio de Trento, celebrado principalmente para contestar a la reforma protestante, supuso un antes y un después en el mundo desde todos los puntos de vista, prueba de ello es que la 'era tridentina' con sus pensamientos, ideas y costumbres duró cuatrocientos años, hasta la celebración del Concilio Vaticano II. Trento constituye el germen principal de las hermandades y el culto a las imágenes y reliquias. En su Sesión XXV reconoce el fruto abundante que se saca de las imágenes, declarando que se deben tener y conservar, principalmente en los templos, las imágenes de Cristo, de la Virgen madre de Dios, y de otros santos, y que se les debe dar el correspondiente honor y veneración (...) porque el honor que se da a las imágenes se refiere a los originales representados en ellas.
Esto nos lleva a lo que de verdad nos atañe: El culto en las hermandades. Antes que otra cosa, tenemos que dejar claro qué es un altar y qué no es un altar. El altar es la 'mesa' donde se celebra la Misa, donde se realiza el Sacrificio. Lo que montan nuestros priostes no es un altar. Es un simple adorno que sirve para magnificar y dignificar aún más el oficio religioso que se podría denominar como 'aparato de cultos' o 'retablo efímero'. La confusión actual viene dada por la Misa Tridentina, en la que el altar estaba pegado al retablo para celebrar la Misa ad orientem y formaba parte del mismo. Montar estos aparatos de cultos no es algo exclusivo de las hermandades, sino que éstas lo adoptan de la Iglesia Universal, tomando como referente en el caso sevillano, los retablos que se instalaban en la Catedral para diversas celebraciones, como el conocido altar del Jubileo para las Octavas y Novenas del Corpus y la Inmaculada (2) o el impresionante monumento que se montaba por el Jueves Santo (3).
A finales del S. XVI, siguiendo las enseñanzas y recomendaciones del Concilio de Trento, las hermandades comienzan a celebras 'fiestas' en honor de sus titulares, pero no es hasta finales del S. XVIII y principios del S. XIX cuando se conforma el formato de triduo, quinario, septenario o novena previos a la Solemne Función (que sí consistía en la Santa Misa) con que finalizaban estos cultos24. Estos cultos gozaban de un esplendor, que a día de hoy se echa en falta en muchos lugares, formando verdaderos panegíricos a los titulares aunque prolijos. Las obras arquitectónicas, montadas por carpinteros y sacristanes, que adornaban estos cultos eran verdaderos ronces hacia Dios y a lo que las imágenes representan. Estos cultos de piedad popular se marcaban con la Exposición del Stmo., primero presidiendo el aparato y con el tiempo, o por causas funcionales, descendiendo hasta la parte inferior, enmarcado siempre con un sol o un manifestador, y coronando el retablo efímero un dosel (4, 5, 6 y 7), y a veces incluso una corona destacando la realeza de Cristo. El hecho de exponer el Santísimo muy posiblemente sea el origen de las procesiones eucarísticas claustrales con las que finalizan nuestros cultos: Para llevar el Santísimo a la Capilla Sacramental. Estos actos lo realizaron como pioneras las Hermandades del Silencio y del Gran Poder, a las que progresivamente se fueron sumando el resto de hermandades; no fue hasta el S. XX cuando estos cultos se consolidaron.
Los cultos se celebraban por la tarde, ya que la Misa tenía lugar por la mañana debido al ayuno eucarístico, y consistían en la exposición del Santísimo y en el ejercicio del quinario con sus correspondientes cantos, reflexiones y predicaciones. La concepción actual de unos cultos nada tienen que ver con lo que verdaderamente es un quinario, lo hemos dicho antes: Un quinario no son cinco misas. Hay hermandades que con el rezo del Rosario previo a la Eucaristía sí hacen el ejercicio del culto piadoso popular (algunas durante el desarrollo de la Misa) pero la Misa en sí misma no supone el triduo, quinario, septenario o novena.
En el S. XX, gracias al inigualable genio de Juan Manuel Rodríguez Ojeda, aparece una nueva tipología de acto de piedad: El besamanos. En 1925 la Esperanza Macarena era la primera imagen que se exponía a la veneración de los fieles a través del beso. Un culto que se fue extendiendo a las demás hermandades y a las imágenes cristíferas con el besapiés (8 y 9).
Con la llegada del Concilio Vaticano II y su reforma de la Liturgia estos cultos y retablos efímeros se vieron 'obligados' a modificarse (incluso hubo quienes pensaron si las hermandades eran compatibles con el nuevo rumbo en el que la Iglesia se embarcaba): separar el altar del retablo para la celebración versus populum, cambiar el rito de celebración, abandonar el latín y el rico lenguaje barroco en lengua vernácula, abandonar la buena música y su majestuosidad por las erróneas interpretaciones del CVII, etc.
Para concluir, los cofrades debemos comprometernos en dotar a nuestros cultos del mayor esplendor que, dentro de nuestras posibilidades, nuestros Titulares requieren; no huyamos del exquisito patrimonio musical del que goza la Iglesia; esforcémonos por cuidar cada detalle; atendamos a la formación litúrgica de nuestros hermanos, sobre todo, para que tengan claro que el culto no es una función de teatro, sino que vamos a encontrarnos con Dios, la Virgen y los Santos, y que Jesús siempre nos espera para que nos encontremos con Él; y pongamos más empeño aún si cabe en trabajar por y para la Hermandad, porque recordemos que todo esto se hace Ad Maiorem Dei Gloriam et Beatissime Virginis Mariae Honorem.
D. Francisco Manuel Bermudo Rodríguez
Graduado en Derecho. Diputado de Gobierno de la Quinta Angustia de Carmona
Bibliografía
- Catecismo de la Iglesia Católica.
- Codex Iuris Canonici.
- Concilio de Nicea II.
- Concilio de Trento.
- Concilio Vaticano II. Constitución Sacrosanctum Concilium.
- Feiner, J. y Löher, M. (Dir.), Mysterium salutis. Manual de teología como historia de la salvación. Vol. IV, Tomo II. Ed. Cristiandad. Año 1975.
- Luengo Mena, J. Liturgia, culto y cofradías. Manual de Liturgia para cofrades. Abec Editores. Año 2013.
- Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías de la Archidiócesis de Sevilla.
- Rhaner, K. (Dir.), Sacramentum Mundi. Enciclopedia teológica. Tomo II. Ribelot, A. Las cofradías y su mundo jurídico. Ed. El Giraldillo. Año 2008.
- Salazar-Bajuelo (Coord.), Priostes de Sevilla (imágenes de lo efímero). Edita Ayuntamiento de Sevilla. Delegación de Fiestas Mayores. Año 2015.
- Santo Padre Benedicto XVI, Discurso en la Sesión inaugural de la V Conferencia general del Episcopado Latinoamericano y del Caribe (13 de mayo de 2007).
- Santo Padre Francisco, Exhortación Apostólica Evangelii Gaudium. Ed. Verbo Divino. Año 2013.
- Santo Padre Pablo VI, Exhortación Apostólica Marialis Cultus.
- Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica (selección), c. 81, a. 7. Ed. Espasa-Calpe. Año 1973.
- Santo Tomás de Aquino, Summa Theologiae, Secunda Secundae. Ed. B. A. C., tercera edición. Año 1963.
- Francisco Manuel Bermudo Rodríguez.